La Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, se ha visto profundamente modificada por la reciente Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que da nueva redacción a un importante número de preceptos de aquélla a fin de adecuarla a la realidad actual. En la reforma de la Ley 1/1996 puede destacarse un primer grupo de modificaciones que responde a la necesidad de resolver las diversas dudas interpretativas que se han venido planteando y que han terminado por poner en peligro la uniformidad en la aplicación del modelo y, por consiguiente, la igualdad en el acceso al derecho a la asistencia jurídica gratuita. Un segundo bloque de cambios son los que afectan a la definición de los supuestos que permitirán el reconocimiento de este derecho, estableciendo una casuística más amplia que la existente hasta ahora. Por último, un tercer grupo de reformas afecta al funcionamiento del sistema, pues se promueve el desarrollo de la tecnología, regulando la presentación de la solicitud, búsqueda de datos y comunicación de la resolución a los órganos por medios tecnológicos. Asimismo, se ofrece actualizado el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita, aprobado por el Real Decreto 996/2003, de 25 de julio, con la corrección de 2003 y las modificaciones de 2005. Los textos se completan con un considerable aparato de notas con referencias, concordancias y datos informativos, así como unos índices sistemático y analítico de materias que facilitan la consulta de los articulados.
La Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, se ha visto profundamente modificada por la reciente Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que da nueva redacción a un importante número de preceptos de aquélla a fin de adecuarla a la realidad actual.
En la reforma de la Ley 1/1996 puede destacarse un primer grupo de modificaciones que responde a la necesidad de resolver las diversas dudas interpretativas que se han venido planteando y que han terminado por poner en peligro la uniformidad en la aplicación del modelo y, por consiguiente, la igualdad en el acceso al derecho a la asistencia jurídica gratuita. Un segundo bloque de cambios son los que afectan a la definición de los supuestos que permitirán el reconocimiento de este derecho, estableciendo una casuística más amplia que la existente hasta ahora. Por último, un tercer grupo de reformas afecta al funcionamiento del sistema, pues se promueve el desarrollo de la tecnología, regulando la presentación de la solicitud, búsqueda de datos y comunicación de la resolución a los órganos por medios tecnológicos.
Asimismo, se ofrece actualizado el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita, aprobado por el Real Decreto 996/2003, de 25 de julio, con la corrección de 2003 y las modificaciones de 2005.
Los textos se completan con un considerable aparato de notas con referencias, concordancias y datos informativos, así como unos índices sistemático y analítico de materias que facilitan la consulta de los articulados.